Respuesta corta: La llamada «ley de influencers» es el Real Decreto 444/2024, que desarrolla el artículo 94 de la Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual. Solo se aplica de lleno a los «usuarios de especial relevancia»: creadores que, en el año anterior, ingresaron al menos 300.000 € brutos por su actividad en plataformas de vídeo, tenían 1.000.000 de seguidores en una plataforma (o 2.000.000 sumando todas) y publicaron al menos 24 vídeos. Quien cumple todos los requisitos debe inscribirse en un registro estatal y respetar normas sobre publicidad y protección de menores.
Sobre esta norma circulan muchas cifras que no coinciden con el texto publicado en el BOE. Aquí resumimos lo que dice realmente, cómo se calcula cada umbral y qué ha hecho la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) hasta octubre de 2026. Es información general, no asesoramiento jurídico.
¿Qué es exactamente la «ley de influencers»?
No es una ley independiente. La Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual, dedica su artículo 94 a los «usuarios de especial relevancia» que emplean servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma, la etiqueta legal de lo que en la calle llamamos influencers, youtubers o streamers. Ese artículo exige que se cumplan a la vez varias condiciones:
- que la actividad sea económica y genere ingresos significativos;
- que el creador sea el responsable editorial de sus contenidos;
- que el servicio se dirija a una parte significativa del público en general;
- que su función sea informar, entretener o educar;
- que se ofrezca a través de redes de comunicaciones electrónicas y que el creador esté establecido en España.
Lo que faltaba era poner cifras a «ingresos significativos» y a la audiencia. Eso hace el Real Decreto 444/2024, publicado en el BOE el 1 de mayo de 2024 y en vigor desde el 2 de mayo de 2024. A fecha de esta guía, el texto consolidado no recoge ninguna modificación.
¿Quién es usuario de especial relevancia?
Los umbrales son acumulativos: tienes que superar los tres, además de cumplir las condiciones de la ley.
| Requisito | Umbral | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Ingresos | 300.000 € brutos o más | Devengados en el año natural anterior y procedentes solo de tu actividad en plataformas de intercambio de vídeos |
| Seguidores | 1.000.000 en una plataforma o 2.000.000 en total | En el año natural anterior; el total suma todas las plataformas de vídeo en las que desarrollas tu actividad |
| Vídeos | 24 o más | Publicados o compartidos en el año natural anterior en el conjunto de plataformas, sea cual sea su duración |
¿Qué ingresos cuentan?
El real decreto enumera los ingresos computables: la publicidad y demás comunicaciones comerciales incluidas en tus contenidos o junto a ellos, los pagos de las propias plataformas, las suscripciones o pagos de tu audiencia, las subvenciones públicas ligadas a esa actividad y cualquier otro ingreso que proceda de ella.
Cifras que verás en internet y no son correctas
El texto vigente no fija ningún umbral de visualizaciones ni de 300.000 seguidores. El borrador que analizó la CNMC en diciembre de 2023 era más exigente (500.000 € de ingresos y 2.000.000 de seguidores en una sola plataforma) y el organismo pidió rebajarlo para no dejar fuera a creadores medianos. La versión final quedó en las cifras de la tabla.
¿Quién queda fuera?
La ley excluye, cuando actúan para sus propios fines, a centros educativos y científicos, entidades culturales, administraciones públicas, partidos políticos, ONG y empresas que promocionan sus propios productos. El real decreto tampoco se aplica a los prestadores audiovisuales ya inscritos en la sección primera del registro por los contenidos que suben a estas plataformas.
¿Qué obligaciones tiene un usuario de especial relevancia?
A efectos concretos, la ley lo trata como un prestador de servicios de comunicación audiovisual, aunque sin todas las obligaciones de una televisión. Según el preámbulo del real decreto, debe respetar los principios generales del artículo 86, las normas de protección de menores y de comunicaciones comerciales del artículo 99 y las reglas sobre comunicaciones comerciales audiovisuales de la ley. En la práctica, la CNMC insiste en tres puntos:
- Publicidad reconocible: debe distinguirse del resto del contenido y, según el criterio de la CNMC, la advertencia tiene que aparecer dentro del propio vídeo, con términos como «publicidad» o «publi». Las etiquetas de la plataforma o un #publi en la descripción no bastan por sí solos.
- Protección de menores: los contenidos que puedan perjudicar su desarrollo deben señalarse con descripciones, avisos o símbolos visuales.
- Productos sensibles: la publicidad de medicamentos o de productos relacionados con la salud tiene requisitos adicionales.
Ojo: un contenido puede ser comercial aunque no haya contrato ni pago de por medio, si en la práctica promociona una marca o un producto.
¿Cómo funciona el registro estatal?
Cumplir los requisitos obliga a inscribirse en el Registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, regulado por el Real Decreto 1138/2023. Los usuarios de especial relevancia van en la sección cuarta. Estas son las reglas básicas:
- Plazo: la solicitud se presenta como máximo en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad. Quienes ya cumplían los requisitos cuando entró en vigor el Real Decreto 444/2024 tuvieron dos meses para inscribirse.
- Datos: además de tus datos como prestador, debes describir el servicio (tipo de contenidos, idiomas, ámbito, modelo de financiación) e identificar la plataforma que usas.
- Cambios: cualquier modificación se comunica en el plazo de un mes, y cada año el registro recuerda que hay que mantener los datos al día.
- Baja: si dejas de cumplir los requisitos, se abre un procedimiento y, tras darte audiencia, la inscripción se cancela de oficio.
¿Qué pasa si no cumples?
La CNMC supervisa a estos creadores. En 2025 abrió 30 periodos de información previa (28 por publicidad y 2 por calificación por edades) y dos procedimientos sancionadores. En junio de 2026 requirió a cinco influencers que identificaran correctamente la publicidad en sus vídeos de Instagram y TikTok, y en julio de 2026 sancionó a tres conocidos creadores por infracciones graves de la ley: publicidad no identificada, falta de medidas de protección de menores y publicidad de medicamentos que no cumplía las normas. Las multas fueron de entre 710 € y 1.779,94 €, antes de las reducciones por pronto pago.
¿Y si no llegas a los umbrales?
Entonces no eres usuario de especial relevancia y el artículo 94 no te obliga. Pero eso no te deja sin reglas. La Ley de Competencia Desleal se aplica a cualquiera que participe en el mercado y considera engañosa la publicidad pagada en redes sociales que no se identifica como tal; lo explicamos en ¿es legal comprar seguidores en España?. Y Hacienda no espera al millón de seguidores: si cobras por tu contenido, tus obligaciones fiscales empiezan antes; lo tienes en nuestra guía de impuestos para influencers.
Por cierto, el umbral se mide en seguidores, no en interacción. Si quieres saber cómo de activa es tu audiencia, prueba nuestra calculadora de tasa de interacción o consulta qué se considera una buena tasa de interacción. Y si te pierdes con los términos, tienes nuestro glosario de redes sociales.
Preguntas frecuentes
¿Qué plataformas cuentan para el umbral de seguidores?
Las de intercambio de vídeos en las que desarrollas tu actividad; el umbral agregado de 2.000.000 suma todas ellas. Las actuaciones de la CNMC han afectado a contenidos publicados en YouTube, X, Instagram, Facebook y TikTok.
¿Basta con poner #publi en la descripción?
Según el criterio de la CNMC, no. La identificación debe verse en el propio vídeo, con términos claros como «publicidad» o «publi»; fórmulas como «colaboración» o «embajadora» pueden resultar ambiguas.
¿Desde cuándo está en vigor el Real Decreto 444/2024?
Desde el 2 de mayo de 2024, el día siguiente a su publicación en el BOE. Los creadores que ya cumplían los requisitos tuvieron dos meses desde esa fecha para pedir la inscripción en el registro.
¿Han cambiado los umbrales en 2025 o 2026?
No. A fecha de esta guía, el texto consolidado del real decreto en el BOE no recoge ninguna modificación, y el texto consolidado de la Ley 13/2022 tampoco recoge cambios en su artículo 94.
Fuentes: Real Decreto 444/2024 (BOE), Real Decreto 1138/2023, del Registro estatal (BOE), CNMC: sanciones a tres influencers (julio de 2026), CNMC: cuándo un influencer debe indicar que hace publicidad
